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SSPD indicó la definición de la expresión “últimos seis meses”, en lo referente a la alternativa de estimación de los consumos

Escrito por  May 08, 2024

La SSPD indicó que, la alternativa de estimación de los consumos procede siempre que se trate de “un período”; es decir, de un ciclo facturado, el cual, por lo general es mensual o bimensual. Se agregó que,  Como el consumo es el principal elemento del precio que se cobra al usuario por la prestación del servicio, y ello se hace a través de la facturación, la expresión “últimos seis meses”, a la que hace alusión el artículo 32 de la Resolución CREG 108 de 1997 corresponderá a los ciclos de facturación establecidos por el prestador y deberán incluir “todos” los consumos estimados de los suscriptores o usuarios del mismo estrato que cuenten con medida, indistintamente de si hay registro o no del consumo.

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Modificado por última vez en Martes, 07 Mayo 2024 20:35