El concepto analiza la Naturaleza Jurídica de las Tasas y Contribuciones. Se trae a colación a colación “el pronunciamiento del Consejo de Estado, sobre la norma que debió ser observada por “Corporinoquia” al momento de liquidar intereses, cuando se presenta mora en las trasferencias del sector eléctrico.
Se recuerda que, el artículo 2.2.8.4.1.23 del Decreto 1076 de 2015 establece que “Las corporaciones tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivos los créditos exigibles a su favor, de acuerdo con las normas establecidas para las entidades públicas del sector nacional”
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