expedida por el Coordinador del Grupo de Carga, Pasajeros y Tránsito del Ministerio de Transporte, son actos de trámite no susceptibles de control judicial y, por tal razón, la parte demandante debe adecuar las pretensiones de la demanda en relación con dichos actos; y ii) las tarjetas de operación de los vehículos identificados con placas SRF375, SKM698 y USA282 son actos administrativos definitivos susceptibles de ser controvertidos, pero a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho.