La Sala considera que los actos administrativos acusados no violan lo dispuesto en la normativa comunitaria, artículos 152, 153 y 165 de la Decisión 486, por cuanto la renovación del registro de la marca mixta GRUPO EMPRESARIAL BAVARIA con registro marcario núm. 210215, no era posible para el momento de su solicitud, debido a que dicho registro se encontraba cancelado por falta de uso.