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Consejo de Estado declaró que el movimiento político Apertura Liberal no reunió los requisitos constitucionales y legales para conservar la personería jurídica que le había sido reconocida desde el año 1997

Escrito por  Oct 05, 2021

Para la Sala, “la declaración sobre la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos se determina por hechos objetivos”. En consecuencia, “el movimiento político Apertura Liberal no cumplió los requisitos para obtener la curul de la circunscripción especial de minorías políticas. La obtención de la personería jurídica en estos casos está sujeta

únicamente a lograr representación en el Congreso, lo cual debe leerse en concordancia con los artículos 171 y 176 de la Carta, que se ocupan, respectivamente, de la circunscripción especial de comunidades indígenas en el Senado de la República, y de las circunscripciones especiales en la Cámara de Representantes para las comunidades indígenas, las comunidades afrodescendientes y en su momento, las minorías políticas”.

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Modificado por última vez en Martes, 05 Octubre 2021 12:39