elección del demandado como contralor municipal de Pereira”.
La sección Quinta del Consejo de Estado “no encuentra que los apelantes hubieran desvirtuado la incursión en inhabilidad por parte del demandado, al momento de su elección como contralor municipal de Pereira, para el período 2020-2021, por lo que se confirmará el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Risaralda, que declaró la nulidad de la
elección del demandado como contralor municipal de Pereira”.