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“Las facturas que contienen el cobro de la tasa retributiva por vertimientos, se constituyen en actos definitivos susceptibles de ser demandados, así como los actos administrativos que resuelvan los recursos en contra de éstas”: Consejo de Estado

Escrito por  Sep 16, 2021

“La Empresa Multipropósito de Calarcá S.A.S. E.S.P., presentó demanda en contra de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, con el fin de que se inaplicara con efectos interpartes, el ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO No. 005 del 12 de junio de 2015 “por el cual se define la meta global, metas individuales y grupales de carga contaminante para los parámetros DB05 y

SST del cobro de la Tasa Retributiva, en los cuerpos de aguas o tramos de los mismos, en la jurisdicción del Departamento del Quindío, para el Quinquenio 2014-2018”, se declarara la nulidad de los actos administrativo – Facturas, proferidas por la Subdirectora Administrativa y Financiera de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, por medio de la cual se cobra la tasa retributiva - Sector Doméstico, por las cargas contaminantes vertidas en la vigencia 2017, a la red de alcantarillado del municipio de Calarcá, Quindío, operado y administrado por la Empresa Multipropósito de Calarcá S.A. E.S.P., y de la Resolución 2275 del 12 de septiembre de 2018 proferida por el Subdirector de Regulación y Control Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Quindío”.

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