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Lunes, 13 Mayo 2024

Edición 1161 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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“El artículo 2 de la Ley 608 de 2000 estableció la exención en renta tanto para empresas preexistentes al 25 de enero de 1999, como para nuevas empresas constituidas y localizadas físicamente en el Municipio de Armenia, entre otros del Departamento del

Consejo de Estado confirma decisión en la que Carbones del Cerrejón no está obligada al pago de los valores de la estampilla Pro Universidad de la Guajira a esta Institución educativa, cuyos actos fueron declarados nulos, porque ésta ejerció funciones administrativas tributaria que son de titularidad Departamento de la Guajira.

La sección Cuarta del Consejo de Estado, “en sentencia de 6 de noviembre de 2019, decidió unificar la jurisprudencia en relación con los elementos esenciales del impuesto sobre el alumbrado público autorizado por las Leyes 97 de 1913 y 84 de 1915, en la que precisó que: «El legislador facultó a los concejos municipales para crear el impuesto sobre el servicio de alumbrado público en su respectiva

“El literal b) del artículo 421 del Estatuto Tributario, prevé el autoconsumo como hecho generador de IVA, entendido este como el evento en el cual el responsable de dicho impuesto destina un bien que ha adquirido o producido para su uso privado ya sea en el marco de su actividad o para el consumo particular”.

 Para la Sala, “el hecho de que la Administración conserve potestades para ejercer el cobro coactivo de aquellos actos administrativos que constituyen títulos ejecutivos, en los términos de los artículos 828 del ET y 68 del CCA, no excluye la posibilidad de que el administrado incoe la