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Universidad de la Guajira, al determinar y liquidar el tributo de la estampilla a cargo Carbones del Cerrejón, ejerció funciones tributarias que son de titularidad del sujeto activo del tributo, esto es, el Departamento de la Guajira: Consejo de Esta

Escrito por  Ene 18, 2021

Consejo de Estado confirma decisión en la que Carbones del Cerrejón no está obligada al pago de los valores de la estampilla Pro Universidad de la Guajira a esta Institución educativa, cuyos actos fueron declarados nulos, porque ésta ejerció funciones administrativas tributaria que son de titularidad Departamento de la Guajira.

La Universidad de la Guajira, determina como sujeto pasivo responsable a Carbones del Cerrejón y se le vincula como deudor solidario de los contribuyentes principales de la estampilla Pro Universidad de la Guajira por el año 2010. Para la Sala, la universidad, al determinar y liquidar el tributo a cargo de la demandante, ejerció funciones de gestión administrativa tributaria que son de titularidad del sujeto activo del tributo, esto es, el Departamento de la Guajira, no de ella.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 16:37