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Viernes, 09 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La ANM precisó las reglas aplicables al cómputo de términos y a las notificaciones en sus actuaciones administrativas. El documento señala que, aunque la regla general para las notificaciones es por estado, las decisiones que ponen fin a una actuación o tienen carácter sancionatorio deben notificarse personalmente. En cuanto al cómputo de los plazos, precisa que los términos expresados en días excluyen los días feriados, salvo disposición en contrario, mientras que los fijados en meses o años se cuentan de fecha a fecha, incluidos los días inhábiles, y se extienden hasta el siguiente día hábil cuando el vencimiento ocurre en día festivo. El lineamiento busca brindar una orientación jurídica general.

Tras el sismo del 10 de agosto de 2026, la CREG analizó las solicitudes de flexibilización regulatoria de los agentes del mercado de gas natural. La Comisión determinó que la normativa actual, que incluye disposiciones para desastres y fuerza mayor, ya provee mecanismos para atender situaciones como la suspensión de facturación en inmuebles afectados, alivios de cartera, extensión de plazos para revisiones periódicas y exención de responsabilidad en indicadores de calidad. Asimismo, se destacó que los acuerdos contractuales y el mercado secundario ofrecen flexibilidad para el suministro y transporte. En coordinación con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la CREG concluye que no se requieren medidas transitorias adicionales, sino aplicar diligentemente el marco existente para gestionar las afectaciones

El Consejo de Estado precisó que, cuando el daño ambiental tiene carácter continuado, porque la afectación se produce y desarrolla sucesivamente por la disposición reiterada de residuos sólidos, el término de caducidad de la reparación directa debe contabilizarse desde la cesación de la afectación y no desde el conocimiento inicial de los hechos. La Sala explicó que distinguir entre daño ambiental puro, referido a la afectación del ambiente como bien colectivo, y daño ambiental consecutivo o impuro, relacionado con sus efectos sobre derechos o intereses particulares, permite determinar cuándo se configura el daño indemnizable y, por tanto, el inicio de la caducidad. Con este criterio, revocó la sentencia que había declarado la caducidad de la demanda por la disposición irregular de residuos a cielo abierto en el predio “La Palestina” y ordenó al Tribunal Administrativo de Santander continuar el trámite del proceso.

La CREG aclaró aspectos sobre la aplicación de su programa transitorio de incentivos al ahorro de energía, diseñado para momentos de escasez. Ante el reciente desastre nacional y las dudas sobre las zonas excluidas del beneficio, la CREG ha establecido un criterio objetivo: los municipios donde el 4% o más de los hogares regulados fueron impactados por el sismo quedan exentos completamente del programa. Para aquellos municipios con menor afectación, la exclusión aplicará de forma individual a los usuarios damnificados. Esta medida busca ofrecer certidumbre a comercializadores y usuarios, asegurando que la ayuda llegue a quienes más lo necesitan sin verificaciones individuales en zonas gravemente afectadas.

La CREG modificó su plan de trabajo para el año 2026, debido a la aparición de circunstancias de gran relevancia en los sectores de energía eléctrica, gas combustible y combustibles líquidos que exigen atención prioritaria. Esta actualización, informada a usuarios y prestadores, detalla proyectos ya concluidos, incorpora nuevas iniciativas urgentes para atender contingencias identificadas, pospone algunas actividades para 2027 y especifica las tareas pendientes para el resto del año. La medida busca adaptar la planificación original a la realidad cambiante de los servicios públicos, manteniendo siempre un enfoque transparente y participativo.