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Lunes, 03 Agosto 2026

Edición 1692 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Esta decisión la adoptó la Corte el pasado 5 de marzo. El texto del fallo se publicó recientemente. La Corte Constitucional decidió inhibirse de conocer las objeciones gubernamentales al proyecto de Ley que buscaba institucionalizar el día sin IVA. La razón se fundamentó en que según el artículo 200 de la Ley 5ª de 1992 y la interpretación jurisprudencial, para que la Corte revise las objeciones del Ejecutivo es indispensable que tanto el Senado como la Cámara de Representantes insistan en la iniciativa objetada con las mayorías requeridas. En el caso concreto, la Cámara de Representantes no aprobó el informe que proponía rechazar las objeciones gubernamentales, impidiendo la configuración de la voluntad conjunta necesaria del Congreso. Así, ante la discrepancia entre cámaras, el proyecto debe archivarse y la Corte carece de competencia para pronunciarse sobre las objeciones de fondo, procediendo a remitir el expediente al Congreso para su archivo.

La Corporación Autónoma Regional (CAR) multó a unos campesinos por la tala sin permiso de cuatro robles, imponiéndoles una multa y una medida de compensación ambiental. La Corte concluyó que, aunque la multa busca proteger el medio ambiente y es idónea para ese fin, no es necesaria ni estrictamente proporcional en este caso. Por ello, ordenó sustituir la multa por servicio comunitario ambiental y mantener la medida compensatoria de siembra de árboles.

La Corte publicó el fallo en el que decidió mantener el artículo 52 de la Ley 2136 de 2021, que establecía que el grupo interno de trabajo (GIT) de Colombia Nos Une debía coordinarse directamente con el Viceministerio de Relaciones Exteriores. La Corte consideró que la derogación de este artículo, hecha por la Ley 2294 de 2023 (PND 2022-2026), no siguió los pasos correctos en el proceso legislativo. Específicamente, no se discutió adecuadamente en las sesiones parlamentarias, lo que infringe el principio de consecutividad. Además, el artículo derogado estaba relacionado con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, pero su eliminación no mostró una conexión clara a estos objetivos. Por lo tanto, al comprobar estas irregularidades, la Corte mantuvo el artículo en vigor, asegurando así la continuidad de políticas importantes para la coordinación del trabajo en Colombia Nos Une.

Fue publicado el texto del fallo de la Corte que declaró exequible el artículo 410A del Código Penal, que sanciona los acuerdos restrictivos de la competencia en procesos de contratación pública, tras analizar si vulneraba el principio de legalidad estricta o tipicidad. La Sala concluyó que, aunque el tipo penal utiliza la expresión “alterar ilícitamente”, se trata de un tipo penal en blanco válido, cuyo contenido se completa con la remisión al artículo 47.9 del Decreto 2153 de 1992, que prohíbe acuerdos colusorios. Para la Corte esta norma de remisión es claramente identificable, tiene rango de ley anterior y es precisa en delimitar la conducta sancionada. Además, la Superintendencia de Industria y Comercio ha desarrollado criterios claros para interpretar estos acuerdos. Por ello, la Corte aseguró que no existe indeterminación ni violación a la legalidad penal, garantizando así la claridad y previsibilidad necesarias para la adecuada administración de justicia.

En el periodo 2024-2025, la Corte Constitucional de Colombia logró avances notables en eficiencia judicial, modernización y acercamiento ciudadano. Emitió 530 sentencias, destacando la reducción del 22% en el tiempo para resolver tutelas, mejorando así la justicia oportuna. Realizó 15 audiencias públicas y sesiones técnicas que fortalecieron el debate y la participación ciudadana en temas clave como derechos ambientales y protección de comunidades vulnerables. La estrategia “La Corte Dialoga” y el programa “Guardianes de la Constitución” avanzaron en la educación en derechos para diversos públicos, incluyendo niños y adolescentes en siete departamentos. En materia digital, puso en marcha herramientas innovadoras como un gestor electrónico, tableros estadísticos y sistemas de inteligencia artificial para mejorar el acceso y análisis jurisprudencial. Además, fortaleció vínculos interinstitucionales para asegurar el cumplimiento efectivo de sentencias, reafirmando su compromiso con la democracia, el pluralismo y la defensa de los derechos fundamentales.