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Lunes, 06 Julio 2026

Edición 1674 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El texto de este fallo del mes de agosto recientemente bajó a Relatoría de la Corporación. La Corte Constitucional, al revisar el proyecto de ley estatutaria que estructura la Jurisdicción Agraria y Rural, declaró la constitucionalidad de varios artículos. Los artículos 1 (objeto de la ley), 2 y 6 (integración de la jurisdicción con la Sala Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema, el Consejo de Estado, tribunales y juzgados agrarios), y 7, 9, 10 y 12 (relativos a la planta de personal, creación de despachos, régimen de carrera y entrada en vigor) fueron hallados conformes a la Constitución al desarrollar el mandato del Acto Legislativo 03 de 2023. Sin embargo, la Corte declaró la inconstitucionalidad de los artículos 4 (modificación de la integración de las salas de la Corte Suprema, como la de Casación Civil, Agraria y Rural) y 5 (que probablemente regulaba aspectos similares para el Consejo de Estado o nombramientos, lo cual excedía la facultad del legislador). Finalmente, el artículo 3 (que agrega la Jurisdicción Agraria y Rural al listado de ramas que ejercen función jurisdiccional) fue declarado constitucional, pero condicionado a que la modificación se entienda sobre el artículo 12 de la Ley 270 de 1996, ya reformado por la Ley 2430 de 2024. El artículo 8 (sobre los concursos para jueces y magistrados agrarios) fue constitucional con la condición de incluir preponderantemente derechos fundamentales campesinos y garantizar equidad a mujeres, comunidades étnicas y víctimas.

El Ministerio de Agricultura presentó proyecto de decreto para establecer un programa especial de compra y dotación de tierras a favor de los pueblos y comunidades indígenas. La iniciativa busca garantizar sus derechos territoriales, autonomía y la integridad cultural, en concordancia con leyes nacionales e internacionales. La Agencia Nacional de Tierras (ANT) liderará los procedimientos, aplicando un enfoque de protección reforzada y facilitando la entrega provisional de predios con exenciones notariales. Se establece un seguimiento riguroso por la Comisión Nacional de Territorios Indígenas y se exige transparencia con un contador público de trámites en la web, sancionando la mora injustificada para asegurar la celeridad del proceso.

La UPRA presentó los lineamientos para formular la Carta del Paisaje Agropecuario, un instrumento que busca proteger los paisajes rurales como parte del patrimonio cultural y ambiental del país. La propuesta promueve la gestión sostenible del territorio, integrando prácticas productivas con la conservación de suelos, recursos naturales y saberes locales. También fortalece la gobernanza y la articulación con los planes de ordenamiento territorial, con el fin de impulsar un desarrollo rural que preserve la identidad cultural, promueva el uso eficiente del suelo y refuerce la gestión ambiental en los municipios y distritos.

Con este proyecto normativo el Ministerio de Agricultura busca declarar 16.816,57 hectáreas como Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en La Pintada, Montebello, Santa Bárbara y Valparaíso, Antioquia. Estas APPA son una determinante de ordenamiento territorial (nivel 2), de obligatorio cumplimiento para el departamento, municipios y actores públicos/privados. La declaratoria, apoyada por un documento técnico de UPRA, busca proteger la producción de alimentos. Los municipios deben reglamentar el uso del suelo, verificar el cumplimiento de la resolución y ejercer control urbano. Se respetan derechos adquiridos, y el Ministerio evaluará el impacto cada cinco años, construyendo un Plan de Acción con UPRA.

Este proyecto de resolución declara las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en 3.963,71 hectáreas de los municipios de Hispania y Jardín, Antioquia. Constituidas como determinante de ordenamiento territorial de nivel 2, las APPA buscan proteger la producción alimentaria y el uso sostenible del suelo rural, siendo de obligatorio cumplimiento para los agentes públicos y privados. Los municipios de Hispania y Jardín deberán reglamentar y verificar el uso del suelo acorde a la resolución, la cual será evaluada cada cinco años por el Ministerio con apoyo de la UPRA, respetando los derechos adquiridos.