La CREG amplía el plazo para que los distribuidores mayoristas de gasolina corriente y diésel remitan la información AOM correspondiente a la vigencia 2025. Originalmente, esta debía enviarse antes del último día hábil de abril de cada año; sin embargo, para optimizar el procesamiento, ahora el plazo se extiende hasta el 8 de junio de 2026. Los agentes deberán utilizar el formato definido en la Circular CREG 166 de 2025 y podrán cargar los reportes en el Sistema de Información de Costos de Regulación. Este ajuste permitirá que los datos sean considerados en el análisis de la remuneración del margen mayorista.
La producción de petróleo en Colombia durante el primer trimestre de 2026 alcanzó un promedio de 740.812 barriles diarios, superando en un 3,15% el escenario de reservas probadas. Este desempeño favorable se debe a la recuperación del campo Indico tras bloqueos sociales, la contribución de nuevos pozos en Mateguafa y Castilla Norte, y la gestión efectiva de la ANH con las comunidades. Sin embargo, persisten retos como el incremento del corte de agua, fluctuaciones eléctricas y la declinación natural de yacimientos maduros. La producción de gas natural promedió 693 millones de pies cúbicos diarios, un 92,25% de las reservas probadas, afectada por problemas técnicos y mantenimientos. La ANH continúa su trabajo activo para mitigar estos desafíos y garantizar el abastecimiento nacional.
La CREG publicó el documento de Análisis de Impacto Normativo (AIN) 3, que evalúa ex post el esquema de marcación de combustibles líquidos en Colombia. El estudio revisa antecedentes regulatorios, funcionamiento, costos y mecanismos de remuneración del sistema, así como sus resultados en la cadena de combustibles. La iniciativa se desarrolla en el marco de las competencias asignadas por la Resolución 40193 de 2021. La entidad abrió un plazo de 30 días hábiles para recibir comentarios de agentes del sector y demás interesados.
El Ministerio de Minas reafirmó que, según la normativa vigente, el Estado es dueño del subsuelo y sus recursos no renovables, incluyendo los hidrocarburos, salvo derechos adquiridos con anterioridad que hayan sido debidamente perfeccionados antes del 22 de diciembre de 1969. La Constitución de 1886 y 1991, así como las leyes 20 de 1969, 97 de 1993 y el Decreto 1994 de 1989, establecen que la propiedad de estos recursos corresponde a la Nación, salvo excepciones jurídicas concretas. Judicialmente, fallos del Consejo de Estado y la Corte Suprema han ratificado la exclusividad del Estado en estos recursos, invalidando pretensiones de propiedad privada en casos donde no se cumplen los requisitos legales. La figura de la cosa juzgada impide reabrir debates ya resueltos en sede administrativa y judicial, fortaleciendo la seguridad jurídica en esta materia.
La CREG reprogramó los talleres presenciales en Bogotá para la metodología de remuneración del margen de distribución mayorista y minorista. Debido a imprevistos, el taller de Margen Mayorista se realizará el miércoles 6 de mayo de 9 a 11 a.m. El taller de Margen Minorista se llevará a cabo el mismo miércoles 6 de mayo, de 2 a 4 p.m. Estos espacios buscan recopilar insumos para la propuesta de remuneración. Los interesados deben inscribirse a través de los enlaces proporcionados en el portal web de la CREG.