Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Domingo, 09 Agosto 2026

Edición 1696 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La SIC emitió concepto de abogacía de la competencia y analizó el proyecto de resolución de la Dirección General Marítima (DIMAR) que busca estandarizar las medidas de seguridad y los lineamientos para el cargue, descargue y almacenamiento de gases licuados entre naves en aguas colombianas. Esta iniciativa, clave para fortalecer la seguridad energética del país ante una potencial escasez de gas natural, permitirá diversificar las opciones logísticas y expandir la infraestructura para el manejo de GNL y GLP. La SIC destacó positivamente que los requisitos técnicos se alinean con estándares internacionales y se aplican de forma uniforme. Sin embargo, la entidad recomendó a la DIMAR justificar los criterios técnicos y metodológicos detrás de los elevados montos mínimos exigidos en las pólizas de seguros, para asegurar su proporcionalidad y evitar barreras de entrada injustificadas.

La CREG estructuró precios para la gasolina motor corriente, oxigenada, ACPM y sus mezclas con biocombustibles en las estaciones de servicio de las zonas de frontera. Esta medida busca mejorar la claridad y coherencia del esquema tarifario, estableciendo que el precio de venta al público resultará de la sumatoria simple de sus componentes. La iniciativa, avalada por la SIC, se orienta a reducir asimetrías de información, fortalecer la previsibilidad regulatoria y no generar barreras a la competencia. Además, incorpora explícitamente rubros del Plan de Expansión de la Red de Poliductos y el Plan de Continuidad, clarificando la remuneración de inversiones en infraestructura estratégica.

La CREG expidió una resolución que reorganiza la estructura de precios de la gasolina motor corriente, oxigenada, ACPM y ACPM mezclado con biocombustibles. Esta medida, aplicable en estaciones de servicio automotriz a nivel nacional, excluye zonas de frontera y busca mejorar la claridad, trazabilidad y comprensión del esquema tarifario. La reforma integra explícitamente costos logísticos reales, como el transporte a plantas no conectadas, e incorpora formalmente rubros asociados al Plan de Expansión de la Red de Poliductos y al Plan de Continuidad. Según la Superintendencia de Industria y Comercio, estas mejoras regulatorias fortalecen la transparencia y reducen la incertidumbre en el mercado.

La CREG publicó la Resolución que modifica el anexo de la Resolución CREG 104 001 de 2022. Esta actualización reorganiza la estructura para la fijación de precios de la gasolina motor corriente y el ACPM-Diésel, junto con sus mezclas con biocombustibles, en todo el territorio nacional y en zonas de frontera. La medida, que surge de funciones delegadas a la CREG por los Ministerios de Minas y Energía y Hacienda y Crédito Público, busca brindar mayor claridad, facilitar el control y la vigilancia, y establecer metodologías para tarifas y márgenes en la cadena de distribución de combustibles líquidos.

La CREG publicó un acto que modifica aspectos del artículo 8 de la Resolución CREG 063 de 2016, enfocándose en la distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP). La normativa busca corregir inconsistencias en el reporte de información por parte de distribuidores que no declaran cilindros, afectando la competencia y seguridad del servicio. Para ello, ajusta el esquema de cálculo de la capacidad de compra de GLP, incorporando explícitamente a los distribuidores que operan mediante redes de tubería. Esta medida, resultado de consultas públicas y conceptos de la SSPD y la SIC, entrará en vigencia a partir del XXI periodo de compra de GLP, promoviendo un mercado más equitativo y cumpliendo con la Ley 142 de 1994 para evitar prácticas discriminatorias.