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Jueves, 28 Mayo 2026

Edición 1651 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Una mujer de 84 años, que había estado recibiendo una cuota alimentaria de su exesposo, dejó de recibir este apoyo tras su fallecimiento. La entidad encargada de gestionar las pensiones argumentó que el hecho de que la actual esposa del fallecido estuviese recibiendo la pensión de sobrevivientes impedía el pago de la cuota alimentaria. Ante esta situación, la mujer decidió interponer una acción de tutela para proteger sus derechos, alegando vulneraciones al mínimo vital, la igualdad, la vida digna, el debido proceso y la seguridad social integral.

El informe del Banco de la República analiza cómo los impuestos sobre la nómina, aunque son esenciales para financiar bienes públicos, pueden incrementar los costos laborales, desincentivando la creación de empleo formal y promoviendo la informalidad. Un estudio realizado por Leonardo Morales y Oscar Becerra evalúa el impacto de la Ley del Primer Empleo (2011), que redujo en 11 puntos porcentuales los impuestos para jóvenes menores de 28 años. Los resultados muestran que esta reducción aumentó la demanda de mano de obra formal para este grupo, sin afectar significativamente los salarios. La investigación utiliza datos de la Gran Encuesta Integrada de Hogares y la Planilla Integrada de Aportes, comparando el empleo y salarios antes y después de la implementación de la ley. Se concluye que ajustes en los impuestos a la nómina pueden ser una herramienta eficaz para estimular el empleo formal, especialmente para los jóvenes

La DIAN abordó la interpretación y aplicación de las normas tributarias relacionadas con las pensiones, específicamente respecto al artículo 84 de la Ley 2381 de 2024, que indica que las pensiones estarán gravadas solo en la parte que exceda de 1000 UVT. Se busca aclarar si este límite debe considerarse de forma mensual, como establece el artículo 206 del Estatuto Tributario, o anualmente.

 La Entidad aclaró que los pagos por estímulos a asociados de un fondo de empleados, provenientes de contribuciones de sus miembros y aportes del empleador por convención colectiva, están sujetos a retención en la fuente. Según el Estatuto Tributario, todo pago que pueda generar un ingreso para un contribuyente del impuesto de renta debe considerarse ingreso tributario si produce un incremento neto del patrimonio al momento de su recepción. Los estímulos tienen una destinación específica y su origen no desvirtúa su carácter de ingreso, por lo que son gravados y deben incluir retención en la fuente conforme a la normativa vigente. En caso de no haber una tarifa de retención especial, se deberá aplicar lo dispuesto en el Decreto 1625 de 2016. La DIAN reafirma la importancia de seguir las directrices normativas y su consulta en el normograma de la entidad.

La Corte estudió el derecho a la estabilidad laboral reforzada de mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, considerando que esta protección es esencial para garantizar igualdad y no discriminación. La jurisprudencia establece que el despido de una mujer en estas condiciones sin autorización del Ministerio del Trabajo es nulo y se presume que el despido es discriminatorio si ocurre durante el embarazo o hasta 18 semanas después del parto. Además, la Corte ha reiterado que la renuncia no debe ser considerada válida si se demuestra que fue inducida por condiciones laborales adversas, como el acoso o la falta de permisos para controles médicos. Las sentencias SU-070 de 2013 y SU-075 de 2018 delinean reglas claras sobre el alcance del fuero de maternidad, reconocen la nulidad de renuncias no voluntarias y establecen que el empleador debe asumir la carga de prueba respecto al conocimiento del estado de embarazo al momento del despido.