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Por regla general el régimen establecido para los actos y contratos que celebren las empresas de servicios públicos domiciliarios, indistintamente su naturaleza y capital, corresponde al régimen de derecho privado. Sin embargo, las empresas prestadoras de servicios público domiciliarios, oficiales y mixtas, que celebren actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993, es decir, operaciones de crédito público, operaciones asimiladas,

Los usuarios del servicio público domiciliario de gas natural, se clasifican en regulados y no regulados, de acuerdo con el nivel de consumo que tengan. No obstante, tal clasificación no aplica ni para las estaciones que prestan el servicio de Gas Natural Comprimido Vehicular (GNCV), ni para los usuarios finales que se abastecen de ellas para permitir la movilización de vehículos automotores

“Teniendo en cuenta su régimen de actos y contratos de derecho privado, así como los lineamientos para la construcción de Manuales de Contratación dictados por Colombia Compra Eficiente, las Empresas de Servicios Públicos Oficiales, no están en la obligación de proferir en forma anual actos jurídicos en los que indiquen la menor y mínima cuantía para efectos de ejecutar su contratación,

La aprobación de cualquier reforma estatutaria en una sociedad comercial, es un asunto que le compete a su junta directiva y a la asamblea de socios, salvo que la sociedad se encuentre sometida a supervisión. Es oportuno precisar que, las reformas estatutarias de fusiones y escisiones de las sociedades prestadoras de servicios públicos domiciliarios, en los que se requiera, serán autorizadas por la Supersociedades.

El Consejo de Estado niega el amparo invocado por 21 ciudadanos en contra de la providencia proferida en segunda instancia por la Sección Tercera del Consejo de Estado, contra la Nación, el Ministerio del Interior, el Ministerio del Medio Ambiente, el departamento de Antioquia, el municipio de Fredonia,

El Consejo de Estado confirma la sentencia del 7 de marzo de 2019, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la cual se declaró la nulidad la nulidad de la Resolución en donde la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá le profirió a la sociedad G4S TECHNOLOGY COLOMBIA S.A

El Consejo de Estado modifica la Sentencia de 30 de mayo de 2013 del Tribunal Administrativo de Antioquia y en consecuencia confirma la declaración de responsabilidad patrimonial de la Nación, Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional por los daños sufridos por los demandantes tras explosión de mina antipersonal, en hechos sucedidos el día 1º de noviembre del año 2009, en la vereda La Miranda del Municipio de Ituango – (Antioquia).         

A consideración de las Plenarias del Senado y Cámara, el texto conciliado del proyecto que modifica el Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF y el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios – PAP, dirimiendo de esta manera las diferencias existentes entre los textos aprobados por las respectivas plenarias de las cámaras.