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Interpretación jurídica de la SSPD sobre las aprobaciones de reforma estatutaria en empresas prestadoras

Escrito por  Oct 14, 2020

La aprobación de cualquier reforma estatutaria en una sociedad comercial, es un asunto que le compete a su junta directiva y a la asamblea de socios, salvo que la sociedad se encuentre sometida a supervisión. Es oportuno precisar que, las reformas estatutarias de fusiones y escisiones de las sociedades prestadoras de servicios públicos domiciliarios, en los que se requiera, serán autorizadas por la Supersociedades.

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