Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

El Invima, comprometido con la transformación digital y accesibilidad de información a los ciudadanos, ha dispuesto un nuevo servicio para que titulares o personas autorizadas soliciten copias virtuales, sin costo, de los expedientes de registro sanitarios o trámites asociados, ello no significa que exista decisión general del Invima en la que se haya resuelto entregar toda la

El Invima, a través de la Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos y su grupo de publicidad, evalúa la solicitud que realiza previamente el interesado para publicitar su producto conforme a lo aprobado en el Registro Sanitario, de esta manera, el contenido de los materiales publicitarios debe coincidir exactamente con las aprobadas en el acto administrativo que aprueba la pieza publicitaria, junto con las declaraciones allí contenidas.

Aunque en la normativa vigente no hay ninguna limitante, dado que para conservar la capacidad asignada se debe contar con la garantía aprobada para reserva de capacidad, de la que trata el artículo 4 de la Resolución CREG 106 de 2006, se debe prever que con la transferencia de propiedad del proyecto se mantengan y no se desmejoren las condiciones de esta garantía para el sistema.

A través del concepto, la Entidad indicó que la ley 1955 de 2019 estableció una categoría particular para los Distritos de Riego, con el fin de acceder a un subsidio de energía provisto por la Nación, siempre que sus dimensiones sean menores a 50 hectáreas, y de esta forma no pagar contribución. Así mismo, dicha ley establece en su parágrafo 2 que, con el fin de comercializar la energía eléctrica y el gas natural,

La Ley 97 de 1913 asignó la facultad al Concejo Municipal de Bogotá para crear el impuesto de alumbrado público, y la Ley 84 de 1915 amplió esta facultad a los concejos municipales del país. El concepto reitera que los municipios y distritos deberán considerar como criterio de referencia, el valor total de los costos estimados de prestación en cada componente del servicio,

El concepto 220-072796-2021 indica que, el máximo órgano social de una sociedad es el encargado de la elección del revisor fiscal y para tal efecto, deberá verificar si cumple con los requisitos para ser designado como tal y si existen inhabilidades o incompatibilidades o cualquier otra circunstancia que le que le impida desempeñarse en el cargo, o que pueda restarle independencia u objetividad a sus conceptos o actuaciones.

El concepto 220-072743-2021 indica que si la contraparte es persona jurídica, son beneficiarios finales: persona natural controlante de la contraparte, persona natural titular del 5% o más del capital o los derechos de voto, y/o sea beneficiario del 5%, o más de los rendimientos, utilidades o activos de la contraparte, o, agotadas las dos opciones anteriores, persona natural representante legal de la contraparte o quien ostente mayor autoridad que éste, en relación con las funciones de gestión y dirección de la persona jurídica contraparte.

De acuerdo con el concepto 220-072451-2021, las sociedades obligadas a implementar un programa de Transparencia y Ética Empresarial son aquellas vigiladas por la Superintendencia de Sociedades y que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 1 de la Resolución No. 100-006261 de 2020.