Para la Sala, mientras que el artículo 5, numeral 2°, de la Ley 1778 de 2016, permite a la SuperSociedades sancionar a una persona jurídica que haya cometido la falta de soborno transnacional, con una inhabilidad para contratar con el Estado “de hasta veinte (20) años”, el artículo 8, numeral 1°, literal j), de la Ley 80 de 1993 (como fue modificado por la Ley 1778, artículo 31) establece que las personas jurídicas que hayan sido declaradas administrativamente
Para la Sala, no existe manifestación ni prueba alguna de que el señor Nerthink Mauricio Aguilar Hurtado, como Gobernador del Departamento de Santander para el periodo constitucional 2020 al 2023, haya apoyado a candidatos distintos a los inscritos por la colectividad política que lo inscribió para la Gobernación, sino que personas ajenas a su agrupación política lo apoyaron pese a tener candidato propio.
El Consejo de Estado acumula el proceso identificado con el número único de radicación 11001031500020200284900 al proceso identificado con el número único de radicación 11001031500020200094600 que trata sobre las medidas regulatorias transitorias en el sector de agua potable y saneamiento básico,
El Consejo de Estado remite expediente sobre el control inmediato de legalidad de la RESOLUCIÓN 410593 del 30 de julio de 2020 “Por el cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas correspondiente al IV trimestre de 2017, I,II, III y IV de 2018, I,II, III y IV de 2019 y I de 2020
El Consejo de Estado no avoca conocimiento de la Resolución No. 375 del 1° de abril de 2020 expedida por la Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, “por medio de la cual se suspenden términos en las actuaciones disciplinarias adelantas por el Grupo Formal de Trabajo de Control Interno Disciplinario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC)
El Consejo de Estado niega la solicitud de adición de la sentencia de 30 de julio de 2020 en relación con la acción ejecutiva de EQUION ENERGÍA LIMITED en contra de la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS (ANH) que pretendía efectuar ajuste a que haya lugar a la liquidación contenida en la Resolución ANH No. 196 expedida el 20 de marzo de 2015
El Consejo de Estado confirma la sentencia del 31 de octubre de 2018, proferida por el Tribunal Administrativo del Magdalena, en la que se declara probadas los medios exceptivos denominados: “DRUMMOND LTDA se beneficia del servicio de alumbrado público y, DRUMMOND LTDA es sujeto pasivo del impuesto de alumbrado público”. La Sala reitera que, las empresas dedicadas a la exploración, explotación, suministro y
La Corte Constitucional confirma la sentencia del 29 de julio de 2019 proferida en segunda instancia por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, respecto de la acción de tutela contra la Sala de Descongestión No. 1 de la Sala de Casación Laboral de la misma Corporación.