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El Consejo de Estado declaró justados a derecho los artículos 1°, 2°, 5° (parágrafo transitorio 2), 7°, 8° y 9° del Decreto 465 de 23 de marzo de 2020, en lo que tiene que ver con la adopción de disposiciones transitorias en materia de concesiones de agua para la prestación del servicio público esencial de acueducto en ocasión de la emergencia del COVID 19.

A corte del segundo trimestre del año, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios reportó un mejor comportamiento de Enel – Codensa en el cumplimiento global de los compromisos en inversiones y calidad del servicio, en el marco del Acuerdo de Mejoramiento suscrito el pasado mes de enero; al tiempo que advirtió la necesidad de atender los rezagos particulares en dos municipios.

El proyecto del MinMinas declararía de utilidad pública e interés social el proyecto Hidroeléctrico El Retiro I y II, localizado en el departamento de Norte de Santander en los municipios de Arboledas y Salazar de Las Palmas, así como los terrenos necesarios para su construcción y protección, en un área total de 141.90 hectáreas, conforme con los términos

El proyecto normativo del MinMinas pretendería declarar de utilidad pública e interés social el Proyecto Pequeña Central Hidroeléctrica Chorreritas, localizado en jurisdicción del municipio de San Andrés de Cerquita, en la región del norte del departamento de Antioquia, así como los terrenos necesarios para su construcción y protección, en un área de 23 hectáreas,

A través del acto administrativo se establece que la factura electrónica de venta como título valor, una vez recibida, se entiende irrevocablemente aceptada por el adquirente/ deudor/ aceptante en los siguientes casos: aceptación expresa cuando, por medios electrónicos, acepte de manera expresa el Contenido de ésta,

A través del acto administrativo En ningún caso los aportes que reciban los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) de que trata el Decreto Legislativo 770 de 2020 y los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) para el Sector Agropecuario de que trata el Decreto Legislativo 803 de 2020, estarán sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios.

La CREG niega el Recurso de Reposición interpuesto por MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 073 de 2020, “Por la cual se aprueba el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería para el mercado relevante conformado por los Municipios de Busbanzá y Corrales, Departamento de Boyacá, según solicitud tarifaria presentada por la empresa MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P.”

El Banco de la República publicó documento en conde describe la evolución del mercado a futuro colombiano. En la primera parte se presenta la evolución de algunas variables macroeconómicas y la posición propia del sistema financiero. En la segunda parte se resume el comportamiento de las operaciones a futuro (forward, opciones y swaps) realizadas por los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) así como las operaciones de derivados de productos básicos realizadas por residentes distintos de IMC.