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Prensa Jurídica

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La Alta Corte declaró la responsabilidad de Centurion Drilling Limited Sucursal Colombia En Liquidación por el incumplimiento de un Contrato y a pagar a ECOPETROL S.A. la suma de (dólares) $2.286.237,50 USD y  (pesos) $6.919.344.082,14; a su vez, declaró que La Previsora S.A. Compañía de Seguros es responsable del pago de los daños y perjuicios amparados en las Garantías Únicas de Cumplimiento y se le condenó a pagar a favor de Ecopetrol (dólares) ($2.286.237,50 USD), a cargo de la póliza, y (pesos) 6.919.344.082,14, a cargo de la póliza.

La Corte declaró constitucional el Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales y su Ley aprobatoria (Ley 2247-2022) suscrito en el marco de la plenaria de la Conferencia de ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, llevada a cabo en la ciudad de Medellín, los días 24 y 25 de julio de 2019. “El contenido de cada solicitud de cooperación jurídica internacional y los documentos que la acompañan. únicamente serán accesibles para las partes involucradas en la transmisión”.

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La Sala Plena consideró que la demanda interpuesta por Sayco en contra del Municipio de Ibagué debe ser conocida por la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, entre otras, por las siguientes razones: (I) La demandante pretende que se declare que la entidad accionada debe resarcir los perjuicios causados por haber permitido la ejecución pública de obras que representa sin haber contado con su previa y expresa autorización, esto es, por haber permitido la realización del espectáculo musical denominado “Homenaje a las madres”

El TJCA reiteró que “no tiene competencia para pronunciarse sobre la normativa penal, la política criminal, ni acerca de la determinación y ejecución de los procesos judiciales en el ámbito penal del Estado colombiano, toda vez que la legislación penal interna de los Países Miembros no forma parte integrante del ordenamiento jurídico comunitario andino, y ninguno de los órganos que integran el Sistema Andino de Integración (en adelante, el SAI) tiene competencia para regular aspectos vinculados con materia penal”.

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Cumpliendo con el cronograma establecido por el Gobierno Nacional en sus metas de conectar al país para cerrar la brecha digital y garantizar conectividad para cambiar la vida, el Ministerio TIC publica para consulta de los interesados, el Informe de Evaluación del quinto corte del proceso de Selección Objetiva de Asignación de permisos para el uso del espectro de Bandas Bajas.

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A diferencia de la Legislatura pasada, el Gobierno Nacional quiere ir lento, pero con paso firme en el trámite de sus iniciativas Legislativas. Es por eso que la Reforma Laboral no sería puesta a consideración de la Comisión Séptima hasta tanto no sea aprobada por la plenaria de la Cámara la Reforma a la Salud. Cabe recordar, que el Proyecto de ley de Reforma Laboral se encuentra pendiente de radicación ponencia, para ya fueron designados sus ponentes para primer debate, los cuales tienen representación de todas las bancadas. Como coordinadores (ponentes que liderarán la discusión) fueron designados:  María Fernanda Carrascal (Pacto Histórico); Camilo Ávila (Partido de la U), y Juan Camilo Londoño (Alianza Verde).

Con modificaciones en su articulado, fue rendida ponencia positiva para primer debate al proyecto de ley que propone crear la Agencia Nacional de Seguridad Digital y Asuntos Espaciales. En el artículo 1 se incluyen un parágrafo para constituir en política de Estado La Seguridad Digital y Asuntos Espaciales, la cual será, según la parte motiva del proyecto, “indispensable para proteger la seguridad nacional, las infraestructuras críticas, los derechos e intereses colectivos y desarrollar capacidades propias que contribuyan a la autonomía tecnológica del espacio. Operará de manera transversal y vinculante en sus decisiones frente a las demás entidades del Gobierno Nacional”.

En la ficha técnica de esta iniciativa se muestra cómo en el artículo 32, se busca modificar el artículo 478 del Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la DIAN planteado de la siguiente manera: ARTÍCULO 478. LIBROS, REVISTAS Y ELEMENTOS MUSICALES EXENTOS. Están exentos del impuesto sobre las ventas los libros y revistas de carácter científico y cultural, según calificación que hará el Gobierno Nacional. También están excluidos sobre el impuesto sobre las ventas los instrumentos musicales, software y hardware de edición y creación sonora, según calificación que hará el Gobierno Nacional encabeza del Ministro de Cultura y la Dirección de Artes” y la Comisión Sexta del Senado no tiene competencia para modificar el Estatuto Tributario; esta es una competencia constitucional otorgada a las Comisiones Terceras, por lo que el proyecto de ley podría tener un vicio de trámite. 

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