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prensa juridica

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El Ministerio de Minas y Energía publicó un proyecto que busca crear el Comité Sectorial para la Seguridad Energética del País, estableciendo un mecanismo permanente para planear, coordinar y dar seguimiento a acciones preventivas y de mitigación ante fenómenos naturales como "El Niño", así como frente a limitaciones técnicas u operacionales en el sector energético. Esta nueva medida deroga y sustituye la Resolución 40269 de 2026, que había creado un comité de carácter temporal y específico para "El Niño", sin la capacidad de abordar una gama más amplia de riesgos o eventos inesperados como terremotos, ni la necesidad de un análisis anticipatorio y permanente para la seguridad energética nacional. La decisión busca una gestión más integral y continua de los riesgos, asegurando la confiabilidad y continuidad del servicio.

El Ministerio de Ambiente instó a las autoridades ambientales competentes a priorizar la entrega de productos y subproductos forestales. Esta directiva busca movilizar con celeridad materiales maderables y no maderables, así como los derivados de guaduales, bambusales, cañabrava, manglar, y elementos e implementos definitivamente decomisados. La medida responde a la Situación de Desastre de Carácter Nacional declarada tras el terremoto de magnitud 7.4 ocurrido en agosto de 2026. Con base en el Decreto 1171 de 2026 y la Ley 1523 de 2012, MinAmbiente insta a contactar directamente a gobernadores, alcaldes y consejos de gestión del riesgo para la distribución de estos recursos. Para agilizar el proceso, se aclara que no se requieren convenios interinstitucionales ni salvoconductos únicos de movilización, garantizando así una logística eficaz y de inmediato cumplimiento para apoyar las labores de recuperación en las zonas afectadas.

El Ministerio de Ambiente emitió orientaciones urgentes para atender las amenazas contra los recursos naturales, especialmente los incendios forestales, en el marco del fenómeno El Niño. Se insta a las autoridades ambientales a aplicar la Ley 1333 de 2009 (Régimen Sancionatorio Ambiental) para infracciones y daños al medio ambiente, con agravantes para acciones en áreas protegidas o contra especies amenazadas. Además, se solicita a la Fiscalía General de la Nación hacer cumplir la Ley 2111 de 2021 contra delitos como la deforestación, ecocidio, invasión de áreas ecológicas e incendios, incluso culposos, con penas incrementadas en casos graves. Se recuerda a los alcaldes sus obligaciones de control y vigilancia, y se prohíben temporalmente las quemas abiertas controladas en áreas rurales mediante la Resolución 1070 del 2026, solicitando también la colaboración ciudadana en la denuncia de incendios.

El Gobierno promulgó una ley destinada a fortalecer el sector cocotero, mediante la creación de una Cuota de Fomento del 1 % sobre el valor de venta del coco y sus derivados, que será recaudada una sola vez, en la primera transacción comercial. Estos recursos financiarán el Fondo de Fomento a la Cococultura.

La CREG puso en marcha un mecanismo preventivo para salvaguardar el abastecimiento de energía eléctrica y su confiabilidad. La decisión responde a la anticipación de un fenómeno de El Niño de intensidad muy fuerte, la sostenida disminución de los aportes hídricos por debajo del promedio histórico y una demanda energética récord. Tras la evaluación de indicadores y la declaratoria de Alerta por parte del Centro Nacional de Despacho, se inicia un período de riesgo donde se aplicarán medidas especiales en la operación del sistema, buscando asegurar la continuidad del servicio sin que esto implique un racionamiento programado. Se hace un llamado al uso responsable de la energía.

La CREG amplió el periodo para recibir comentarios sobre un proyecto de resolución que busca establecer el régimen de protección de los derechos y deberes de los usuarios de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes de tubería y GLP por cilindros y tanques. La decisión de extender el plazo hasta el 10 de octubre de 2026 invita a una participación más amplia de gobernadores, alcaldes, vocales de control, empresas, gremios y la ciudadanía en general, garantizando que todas las observaciones y sugerencias puedan ser consideradas en la construcción de esta normativa vital para la protección de los consumidores.

La CREG invita a los agentes del mercado de energía, gremios, desarrolladores de proyectos, usuarios y demás interesados a presentar comentarios, propuestas y recomendaciones sobre los procesos de subasta para la asignación de Obligaciones de Energía Firme (OEF). La Comisión señaló que adelanta la planeación y revisión de las próximas subastas, luego de la última subasta de expansión realizada en mayo de 2026. También solicitó a desarrolladores y generadores registrar ante la UPME información sobre sus proyectos, incluyendo estado, fuente, capacidad, punto de conexión, licencia ambiental y fechas previstas de terminación. Los aportes deberán enviarse en un plazo máximo de 15 días calendario desde la publicación de la circular.

La Superintendencia de Sociedades explicó aspectos sobre obligatoriedad de registrar bodegas como establecimientos de comercio ante la Cámara de Comercio. La entidad aclara que un establecimiento de comercio es un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de su empresa, abarcando desde la enseña comercial hasta el mobiliario y las mercancías. Se distingue claramente del local comercial, que es únicamente el espacio físico donde opera. Según la SuperSociedades, el registro procede si la bodega cumple con la definición de ser una unidad técnica de bienes, materiales e inmateriales, destinada a una actividad mercantil. La entidad enfatiza que sus conceptos son de carácter general y no vinculantes, orientando la interpretación sobre esta figura jurídica. El criterio clave es si el espacio funciona como parte esencial y organizada de la actividad económica.