La ANM precisó que, según la normativa y el marco institucional vigentes entre 2005 y 2015, la autoridad competente para otorgar títulos, contratos, permisos o autorizaciones para la exploración y explotación de materiales de arrastre en el río Chigorodó fue la Gobernación de Antioquia, por delegación del Ministerio de Minas y posteriormente de la propia ANM. En ese periodo, el municipio de Chigorodó no tenía facultades legales para conceder estos permisos. La entidad aclaró que dichos derechos deben tramitarse mediante contratos de concesión inscritos en el Registro Minero Nacional y que las funciones delegadas fueron reasumidas por la ANM a partir del 31 de diciembre de 2013.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca examinó los cambios normativos introducidos por el Ministerio de Ambiente en materia de sustracción de áreas de reserva forestal, en el marco de una acción popular que cuestionaba la regulación aplicable a estas intervenciones para actividades de utilidad pública o interés social. El análisis evidenció que la nueva regulación sustituyó integralmente el marco previo e incorporó ajustes técnicos y procedimentales orientados a fortalecer la evaluación de las solicitudes de sustracción de reservas forestales. En consecuencia, el Tribunal concluyó que los supuestos que sustentaban la presunta vulneración de derechos colectivos habían desaparecido.
El Consejo de Estado precisó el régimen de contratación aplicable a las órdenes de proveeduría financiadas con recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD), al señalar que, conforme al artículo sesenta y seis de la Ley mil quinientos veintitrés de dos mil doce, se rige por normas de derecho privado, dada su finalidad de atender situaciones de desastre y calamidad pública. En este contexto, explicó que el FNGRD es una cuenta especial de creación legal, sin personería jurídica, administrada por una sociedad fiduciaria, mientras que el director de la UNGRD actúa como ordenador del gasto y define la celebración de los negocios jurídicos.
El Consejo de Estado negó la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales la ANM rechazó y ordenó el archivo de una solicitud de legalización de minería tradicional para la explotación de carbón coquizable en Ráquira (Boyacá), al concluir que dichas decisiones se ajustaron al marco normativo vigente y estuvieron debidamente motivadas. El Alto Tribunal determinó que la ANM actuó conforme a la ley al evaluar la solicitud bajo el sistema de cuadrícula minera previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, el cual es de aplicación inmediata incluso para trámites en curso. En ese proceso técnico se estableció que el área solicitada se encontraba totalmente superpuesta con títulos mineros vigentes y zonas de exclusión, por lo que no existía área libre susceptible de adjudicación, configurándose así una causal legal de rechazo.
El Consejo de Estado confirmó la decisión que negó la suspensión provisional de las resoluciones expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) relacionadas con la sustitución del titular de la licencia ambiental del proyecto Antorcha, ubicado en Puerto Berrío, Antioquia, al no evidenciarse una ilegalidad manifiesta en su expedición. El Alto Tribunal explicó que, en esta etapa cautelar, no es posible concluir que la ANLA haya actuado sin competencia ni que se haya vulnerado el debido proceso, pues los actos administrativos cuentan con una fundamentación normativa que, en principio, respalda su validez. En ese sentido, advirtió que los cuestionamientos planteados requieren un análisis de fondo y una valoración probatoria más amplia.
La SSPD publicó un proyecto de resolución para estandarizar y reglamentar el reporte de peticiones, quejas, reclamos y recursos (PQRS) en el Sistema Único de Información (SUI). La medida busca consolidar, precisar y estandarizar la información sobre PQRS y los puntos y canales de atención (presenciales, telefónicos, virtuales) de los prestadores de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas. El objetivo es fortalecer las funciones de inspección, vigilancia y control de la SSPD, especialmente para la protección del usuario y la fiscalización ciudadana. Los prestadores deberán clasificar las inconformidades como "Reclamaciones" (contra actos específicos de la Ley 142 de 1994) o "Quejas" (otras inconformidades del servicio) y mantener actualizada la información de sus canales. La obligatoriedad de reporte en el SUI comenzará el 1 de julio de 2026.
El Ministerio de Minas informó que más del 25% de la capacidad de generación eléctrica del país se acogió a una nueva fórmula tarifaria, impulsada para reducir los costos de energía para los usuarios. Empresas públicas como EPM, GENSA, URRÁ y GECELCA, junto con proyectos solares y tecnologías limpias, se sumaron al esquema. La medida corrige una distorsión histórica de más de 30 años, donde la energía hídrica se pagaba a precios de gas, encareciendo las facturas, especialmente en sequías. El ministro Edwin Palma enfatizó que se están "desmontando rentas injustificadas" y lamentó que la privatización de ISAGEN limitara un impacto mayor. El Gobierno reitera su compromiso con tarifas justas y la transición energética.
En un encuentro con el ministro de Minas, Edwin Palma, la Cámara de Comercio de EE. UU., el U.S.-Colombia Business Council y líderes empresariales como Drummond y General Motors, reafirmaron su firme interés en invertir en Colombia. El país fue destacado como socio estratégico para la inversión internacional, la seguridad energética y el desarrollo sostenible. Palma aseguró el compromiso con la certidumbre regulatoria y un entorno competitivo para atraer capital. Las prioridades incluyen la transición energética -enfocada en renovables como geotermia, eólica y movilidad eléctrica-, la economía circular y la protección de la biodiversidad. También se abordó la seguridad energética, la necesidad de marcos normativos estables y la transformación digital, señalando inquietudes sobre la agilización de permisos. Se pactó mantener un diálogo continuo para consolidar a Colombia como destino estratégico de inversión en una transición energética gradual, responsable y competitiva, y un crecimiento económico a largo plazo.