La decisión obedeció a que el accionante sufrió un accidente de trabajo que le causó un deterioro significativo de su salud que imposibilitó el desempeño de sus funciones ordinarias de trabajo. Sin embargo, a pesar de que el empleador tuvo conocimiento del accidente y del efecto que este generó en la salud del accionante, lo despidió sin autorización al Ministerio de Trabajo
La Alta Corte analizó las reglas jurisprudenciales unificadas del Consejo de Estado en relación con la responsabilidad extracontractual del Estado por los daños antijurídicos que se causan por minas antipersonal. “En sentencia del 7 de marzo de 2018, la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado unificó su jurisprudencia en materia de responsabilidad
Corte concedió tutela a un recluso del centro Penitenciario y Carcelario de El Espinal, Tolima, quien padece una grave «enfermedad hemorroidal», que le causa dolor y molestia constante y, «pese a que se ha dirigido múltiples veces al área de sanidad de la cárcel de El Espinal», ese centro penitenciario no se le ha bridado la debida atención médica y su salud se ha deteriorado
La Entidad vulneró los derechos fundamentales de un funcionario cuando, “al evidenciar la imposibilidad fáctica y jurídica de cumplir con una orden de reintegro efectuada mediante sentencia en firme, no da cumplimiento a lo previsto en el artículo 189 de la Ley 1437 de 2011, es decir, no declara, mediante acto administrativo, dentro del término de 20 días hábiles siguientes a la
La acción de tutela se origina en las decisiones judiciales que declararon la caducidad del medio de control de reparación directa iniciado por la accionante contra el Departamento de Risaralda, el Municipio de Dosquebradas y la E.S.E. Hospital Santa Mónica de Dosquebradas, con el fin que se les declare administrativa y patrimonialmente responsables por el daño
El actor solicitó la protección de sus derechos fundamentales al trabajo, a la igualdad, a la seguridad social, a la estabilidad laboral reforzada, a la vida digna y al mínimo vital, los cuales habrían sido conculcados por Monómeros S.A., Servicios Integrados La Vianda y Colpensiones
Para lo cual, de acuerdo con la Providencia, deberá autorizar -sin dilaciones- el suministro de todos los tratamientos, medicamentos, intervenciones, terapias, procedimientos, exámenes, controles, seguimientos y, en general, cualquier servicio, incluido o no en el Plan de Beneficios en Salud, que prescriba su médico tratante
La Universidad de Los Andes es la institución universitaria en la que el accionante cursó la carrera de antropología. Por tanto, es la organización que, según las certificaciones expedidas por ella misma en septiembre de 2019, autorizó y acompañó la práctica profesional del Actor en el ICBF.
El Cabildo Indígena Siona de Jai Ziaya Bain, presentó tutela con el objeto de que fueran protegidos sus derechos fundamentales al territorio, a la propiedad colectiva y a la vida digna, los cuales estimó vulnerados por el Municipio de Mocoa, Corpoamazonía, y la ANT, toda vez que, por una parte, no se ha procedido a la transferencia del dominio del predio que actualmente
La Sala trae a colación el artículo 9 del convenio 169 de la Organización Mundial del Trabajo, la cual señala que “los Estados parte tienen la obligación de, en la medida de lo posible, y en tanto ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y los derechos humanos internacionalmente reconocidos, respetar los métodos a los que los pueblos interesados recurren