La CRA emitió un pronunciamiento sobre la inquietud de suscriptores rurales frente a posibles incrementos tarifarios adicionales. La entidad aclara que las tarifas pueden actualizarse varias veces al año si el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumula al menos un 3% desde la última revisión, evitando aplicar el mismo porcentaje ya utilizado. Subraya que los ajustes deben basarse en metodologías tarifarias específicas, no solo en la recuperación genérica de costos o el reajuste presupuestal, y deben ser definidos por la Junta Directiva o el órgano competente según los estatutos, apoyados en estudios técnicos y financieros, no reemplazando la obligación regulatoria por decisiones internas. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios supervisa la correcta aplicación de estas normativas.