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Si hay procedimientos médicos que requieren acompañante, para el caso de adultos mayores que viven solos, las EPS deben buscar alternativas y prestar los servicios ordenados: Corte

Escrito por  Abr 15, 2024

La Corte amparó el derecho fundamental a la salud de una persona mayor que debía realizarse un examen médico para el que se le exigía un acompañante. La Sala concluyó que, “si bien era legítimo que la institución demandada se negara a realizar el procedimiento médico sin un acompañante, ha debido encontrar una alternativa para que el demandante pudiera realizarlo. Al no hacerlo, violó su derecho a la salud”.

La Sala consideró que, en este caso, la EPS debía garantizarle al actor un servicio de acompañante no especializado durante el tiempo que fuera necesario para el examen y para los demás procedimientos que en el futuro lo requieran.

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Modificado por última vez en Domingo, 14 Abril 2024 18:42