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Corte instó a los ministerios de Trabajo, Minas y a la ANM a verificar los lineamientos sobre la Política de Seguridad Minera

Escrito por  Abr 19, 2024

A través de esta providencia la Corte también ordenó al Ministerio del Trabajo que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, ejerza labores de inspección, vigilancia y control sobre la situación laboral del accionante, con el fin de esclarecer las condiciones bajo las cuales trabajaba y resultó afectado por el accidente que sufrió como minero, así como sobre las condiciones laborales en las que trabajan los mineros de la mina Ceres. Lo anterior, teniendo en cuenta los artículos 27 y 97 de la Ley 685 de 2001 y normas concordantes sobre las obligaciones de estas empresas relacionadas con la seguridad e integridad de sus trabajadores y eventualmente de terceros.

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Modificado por última vez en Viernes, 19 Abril 2024 07:17