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Conceptos

Conceptos (65)

En los planes parciales de renovación urbana, se podrá definir la metodología aplicable para el cálculo o estimación de meta de espacio público efectivo por habitante, teniendo en cuenta las necesidades del sector en donde se localicen y en armonía del marco normativo que rige esa materia, entre estos, el Plan Maestro de Espacio Público en el que se definen 5 m2/hab en el caso de aumento de aprovechamiento por cambio en la norma urbanística.

De acuerdo con el concepto publicado por a SDP el Plan Director y el PEMP son dos instrumentos con alcances diversos pero que se complementan, el primero contiene la relación con componentes de la estructura ecológica principal y regional del parque, y el segundo, es un instrumento de gestión del patrimonio cultural de la Nación para garantizar la protección, conservación y sostenibilidad de los Bienes de interés Cultural.

De acuerdo con el concepto de la SDP las normas aplicables a los asentamientos, desarrollos o barrios legalizados ubicados en la franja de adecuación de los cerros orientales son las contenidas en sus respectivos actos administrativos de reconocimiento y reglamentación, resoluciones de legalización y planos aprobados,

De acuerdo con el concepto publicado por la SDP, la Información exceptuada por daño a los intereses públicos es toda aquella información pública reservada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional.

A través de concepto, la SDP se refirió la Ley 675 de 20014 en su artículo 3 en donde se definen los bienes comunes esenciales como aquellos bienes indispensables para la existencia, estabilidad, conservación y seguridad del edificio o conjunto, así como los imprescindibles para el uso y disfrute de los bienes de dominio particular.

A través de un concepto la SDP determinó que, “al no existir la posibilidad desde el punto de vista cartográfico de un traslape o confusión en cuanto a la alinderación de cada uno de los predios referidos, no puede deducirse que el área perteneciente al Club de Los Lagartos tenga un carácter de uso público.” Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

 A través de un concepto la SDP estableció que, el urbanismo del predio denominado Monterosales no cuenta con derechos adquiridos reconocidos por curador urbano o la Secretaría Distrital de Planeación.

De acuerdo con la doctrina publicada por la SDP, el Patio Transitorio del SITP a ser ubicado en el lote Los Majadores, hace parte de la Unidad de Planeamiento Rural – UPR Norte.

A través del acto administrativo, la SDP niega la viabilidad de la solicitud incoada por medio de la actuación administrativa radicado No. 1-2019-09245 del 18 de febrero de 2019 para la solicitud de factibilidad respecto a la ubicación de los elementos que conforman la estación radioeléctrica denominada "BOG JAVERIANA SAN IGNACIO",