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SDP se pronuncia sobre el plan de reordenamiento aplicable a bienes que tengan uso dotacional

Escrito por  Mar 05, 2021

El plan de reordenamiento previsto en el artículo 345 del POT para el aprovechamiento de bienes que tengan uso dotacional, como equipamientos deportivos y recreativos o servicios urbanos básicos de escala metropolitana, es un instrumento de planeamiento de segundo Nivel.

Lo anterior significa que, que regula una condición especial para predios destinados a usos dotacionales que puedan ser desarrollados a través de una operación combinada para la generación de espacio público recreativo y desarrollo urbanístico parcial en la proporción dispuesta por ella, de tal suerte, establece el procedimiento específico para la realización de estos proyectos.

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