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SDP aclara dudas sobre el Reconocimiento de construcciones para proyectos urbanísticos

Escrito por  Mar 17, 2021

De acuerdo con el concepto de la SDP, la competencia para reconocer la existencia de edificaciones, su estudio y aprobación, se encuentra en cabeza del Curador Urbano o de la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias de construcción, a petición expresa del interesado en adelantar proyectos de esta índole, quien aporta la documentación legalmente establecida para este efecto.

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Modificado por última vez en Miércoles, 17 Marzo 2021 12:43