A través de un concepto la SDP determinó que, “al no existir la posibilidad desde el punto de vista cartográfico de un traslape o confusión en cuanto a la alinderación de cada uno de los predios referidos, no puede deducirse que el área perteneciente al Club de Los Lagartos tenga un carácter de uso público.” Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.