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Sección 4

Sección 4 (1383)

La Sala encuentra pertinente realizar precisiones respecto de la transmisión de energía eléctrica gravada con el ICA: “en términos generales, el artículo 14.25 de la Ley 142 de 1994, establece que el servicio público domiciliario de energía eléctrica es una categoría que no solo cobija el «transporte de energía eléctrica desde las redes regionales de transmisión hasta el domicilio del usuario final», sino su conexión, medición y actividades complementarias que se requieran para el efecto,

El acto administrativo objeto de control de juridicidad por parte del Consejo de Estado, no acredita que el crudo usado en las actividades de extracción estaba registrado en la cuenta del inventario y que los barriles en cuestión fueran destinados a una actividad cuyo régimen de descuento de impuestos asumidos, era distinto a la de su afectación inicial.

Para el Alto Tribunal, si bien el artículo 89.6 de la Ley 142 de 1994 establece que las empresas prestadoras de servicios públicos recaudadoras de las contribuciones para subsidiar a los estratos 1, 2 y 3 están sometidas a las normas del ET sobre declaraciones

La Sala concluye que el consumo de crudo efectuado por EQUION durante el quinto bimestre de 2012, calificado como autoconsumo gravado con IVA, fue utilizado a efectos de la misma actividad productiva, de manera que no se destinó a una actividad distinta que adicionalmente tuviera un régimen diferenciado en materia de impuestos descontables,

Para la Sala, a efectos del impuesto sobre la renta y complementarios, los derechos fiduciarios son representativos de los activos subyacentes del patrimonio autónomo y, por ello, tienen la calidad y naturaleza tributaria de tales activos, de manera que el fideicomitente titular de tales derechos fiduciarios conserva, a través de estos, las características de aquellos.

Una, es la corrección en bancos, prevista en el artículo 588 del Estatuto Tributario, que procede, en general, con el fin de aumentar el valor a pagar o disminuir el saldo a favor. El otro es el consagrado en el artículo 589 del Estatuto Tributario, que procede, en términos generales, cuando se disminuye el valor a pagar o se aumenta el saldo a favor en la declaración privada, en donde el contribuyente, responsable o agente retenedor debe presentar la solicitud a la Administración de Impuestos y Aduanas

El Consejo de Estado se pronunció sobre el proceso para las correcciones tributarias estableciendo que, los contribuyentes, responsables o agentes retenedores podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar y antes de que se les haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos,

Mediante el Acuerdo 14 de 2009, el Concejo Municipal de Tocancipá autorizó el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción del plan de obras que allí se establece. La Sala revoca la sentencia apelada y anula, parcialmente, la Resolución 00095 del 24 de mayo de 2010, en cuanto asignó la contribución de valorización por beneficio local establecida en el Acuerdo Municipal 14 de 2009.

La Sala encuentra justificada la restricción del derecho a la locomoción con el fin de proteger la salud y vida del demandante, por cuenta de la emergencia sanitaria en la que el Gobierno restringió la movilidad de los adultos mayores y evitar la propagación del Covid-19.

De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 14 de 1983 el Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho,