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Sección 4

Sección 4 (1531)

El Consejo de Estado se pronunció sobre el proceso para las correcciones tributarias estableciendo que, los contribuyentes, responsables o agentes retenedores podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar y antes de que se les haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos,

Mediante el Acuerdo 14 de 2009, el Concejo Municipal de Tocancipá autorizó el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción del plan de obras que allí se establece. La Sala revoca la sentencia apelada y anula, parcialmente, la Resolución 00095 del 24 de mayo de 2010, en cuanto asignó la contribución de valorización por beneficio local establecida en el Acuerdo Municipal 14 de 2009.

La Sala encuentra justificada la restricción del derecho a la locomoción con el fin de proteger la salud y vida del demandante, por cuenta de la emergencia sanitaria en la que el Gobierno restringió la movilidad de los adultos mayores y evitar la propagación del Covid-19.

De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 14 de 1983 el Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho,

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

“El artículo 27 de la Ley 1393 de 2010 no dice qué debe hacer el contratante si considera, por ejemplo, que el contratista liquida aportes sobre una base diferente o en qué tipo de contratos de prestación de servicios debe hacer la verificación, si también tiene este deber en contratos en los que el prestador obra como empresario y realiza la labor a través de sus empleados u otros contratistas”.

“El artículo 27 de la Ley 1393 de 2010 no dice qué debe hacer el contratante si considera, por ejemplo, que el contratista liquida aportes sobre una base diferente o en qué tipo de contratos de prestación de servicios debe hacer la verificación, si también tiene este deber en contratos en los que el prestador obra como empresario y realiza la labor a través de sus empleados u otros contratistas”.