La Corporación “señaló que encauzar la protección animal a través de acciones soportadas en la titularidad de derechos, como el habeas corpus, brinda mayores garantías a la eficacia de los derechos de los animales no humanos”. La Corte confirmó las sentencias proferidas por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia
el día 16 de agosto de 2017, y en segunda instancia por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 10 de octubre de 2017, en las que se amparó el derecho al debido proceso de la Fundación Botánica y Zoológica de Barranquilla por ignorar por completo la naturaleza jurídica del habeas corpus en traslado de una especie animal.
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