Para estructurar acuerdos de pago, las entidades deben asegurar que las erogaciones correspondan a gastos decretados por Ley o derivados de una orden judicial, requiriendo actuaciones administrativas y presupuestales para su justificación e incorporación. La responsabilidad fiscal se configura por daño patrimonial público, conducta dolosa o gravemente culposa y nexo causal, evaluado caso a caso. El ente territorial debe analizar los supuestos fácticos y jurídicos aplicando la normativa vigente.