La SSPD aclaró que la responsabilidad de mantener, adecuar y reparar las redes internas de acueducto y alcantarillado, así como de detectar y subsanar fugas (visibles o no), recae en los edificios, conjuntos residenciales y urbanizaciones cerradas como usuarios o suscriptores. Aunque la normativa no establece plazos perentorios para este mantenimiento, se subraya que el prestador del servicio tiene el deber de asistir al usuario en la detección de fugas imperceptibles, utilizando los medios técnicos a su disposición. En propiedad horizontal, tanto las unidades privadas como las zonas comunes son consideradas usuarios individuales, cada una con su propia facturación y responsabilidad de sus instalaciones internas.