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Estas son las consideraciones de la SSPD sobre el Control metrológico de los instrumentos de medida

Escrito por  Dic 05, 2025

El control metrológico es un requisito legal, fundamentado en el artículo 78 de la Constitución y el Decreto 1074 de 2015, para los instrumentos de medida utilizados en servicios públicos domiciliarios. Su propósito es asegurar la calidad y el adecuado funcionamiento de estos aparatos. Las empresas prestadoras del servicio de acueducto deben definir y ejecutar acciones periódicas para verificar el funcionamiento de los medidores, realizando el control metrológico (calibración) directamente o a través de laboratorios debidamente acreditados por la entidad nacional competente. Los usuarios también tienen la opción de solicitar la calibración de su medidor a un laboratorio acreditado. Además, al adquirir un medidor, se requiere un certificado de conformidad. Cuando sea necesario el control metrológico, se realizará en un laboratorio de calibración acreditado.

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Modificado por última vez en Jueves, 04 Diciembre 2025 21:49