La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ejerce funciones de inspección, vigilancia y control sobre todos los prestadores de servicios públicos domiciliarios, sin importar su naturaleza jurídica o composición accionaria, incluyendo empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta. Esta supervisión se realiza conforme a lo establecido en la Ley 142 de 1994 y normativas complementarias, garantizando el cumplimiento de contratos y regulaciones para proteger a los usuarios. No obstante, la entidad no puede exigir aprobación previa de actos o contratos de los prestadores. Todos deben inscribirse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos, asegurando transparencia y cumplimiento normativo en la prestación de servicios esenciales como acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas.