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Consejo de Estado negó el incumplimiento de un contrato de servidumbre minera y de tránsito en el que el municipio de Medellín, en calidad de cesionaria de CORVIDE, demandó al titular de la licencia de explotación

Escrito por  Dic 14, 2023

El municipio de Medellín –en calidad de cesionaria de la Corporación de Vivienda y Desarrollo Social, CORVIDE– demandó al titular de la licencia de explotación minera, otorgada por el departamento de Antioquia–, con el fin de que se declare el incumplimiento del contrato de servidumbre minera y de tránsito, celebrado entre las partes el 28 de mayo 2002, en el que se acordó que el demandado le pagaría mensualmente a CORVIDE el equivalente a 10 salarios mínimos legales diarios vigentes como compensación y que, para garantizar el pago de las obligaciones, constituiría una póliza única de cumplimiento renovable cada año, obligación que, afirma la parte actora, fue incumplida desde el mes de abril del año 2003.

Para la Sala, resulta claro que, tanto la cuenta de cobro, suscrita en su momento por el gerente liquidador de la Corporación de Vivienda y Desarrollo Social (CORVIDE), como el documento que sirve de soporte a esta denominado “relación de cuotas pendientes de pago por compensación de servidumbre”, conforman un verdadero acto administrativo, pues dan cuenta de la declaración unilateral de voluntad por parte de la administración -CORVIDE- capaz de producir efectos jurídicos tendientes a establecer el cruce de cuentas por compensación económica -de la servidumbre minera de tránsito y transporte- una vez se produjo la declaratoria de incumplimiento del contrato.

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Modificado por última vez en Jueves, 14 Diciembre 2023 06:52