La circulación de vehículos automotores y motocicletas en la ciudad de Bogotá D.C. el día 21 de septiembre de 2023, en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 9:00 p.m. Se exceptúan de la anterior prohibición los vehículos automotores indicados en el presente acto. Los vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Area con Restricción Vehicular (Picoy Placa Solidario) no contarán con permiso de circulación en la jornada de día sin carro y sin motocicleta, establecida en el presente Decreto.