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Corte Constitucional reiteró los casos en los que la eutanasia es permisible

Escrito por  Ago 18, 2023

La Sala recalcó que a la fecha no se ha actualizado la  regulación sobre el acceso a una muerte digna que se contrapone a los parámetros  constitucionales, ni mucho menos el Congreso ha avanzado en la regulación integral de la materia por medio de una ley estatutaria, como corresponde. La Sala advierte que tal omisión puede haberse traducido, por un lado, en un obstáculo para el ejercicio efectivo de los derechos

constitucionales a vivir en forma digna y el respeto por las decisiones libres e informadas de los individuos, de pacientes que, como la accionante, no se encuentran en etapa terminal de su padecimiento, pero sí sufren un intenso dolor físico o psíquico incompatible con su idea de dignidad humana. Por otro lado, esto ha derivado en una incertidumbre para las instituciones prestadoras de salud y sus profesionales que no cuentan con directrices claras sobre el procedimiento que deben seguir ante solicitudes como la presentada por accionante para evitar incurrir en vulneraciones o amenazas a los derechos fundamentales de sus pacientes.

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Modificado por última vez en Viernes, 18 Agosto 2023 09:24