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Consejo de Estado estudió la norma que establece los lineamientos de manejo de las unidades de manglar

Escrito por  Jul 05, 2023

Se demandó el cumplimiento de los artículos 6.º, 7.º y 9.º de la Resolución 1263 de 11 de julio de 2018, con el fin de que se ordenara al Ministerio de Ambiente y a Cardique que, “en punto a los manglares dentro de esa jurisdicción: (I) elaboren su zonificación, (II) definan los lineamientos de manejo integrado y (III) actualicen los estudios de caracterización, diagnóstico y zonificación, aprobados con anterioridad al año 2005”.

La Sala concluyó: “no nos encontramos ante una disposición imperativa e inobjetable, esto es, que reúna las características de ser clara, expresa y, por ende, exigible, sino simplemente de naturaleza descriptiva en cuanto a la zonificación de manglares, que, si bien contiene el deber de preparar los lineamientos de manejo de las unidades de manglar, es un aspecto que se encuentra condicionado al hecho de que se determine la zonificación actualizada por parte del ministerio accionado, este último asunto que, como se dijo, es discrecional, potestativo o facultativo por parte de la mencionada cartera”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 05 Julio 2023 07:29