Estado, y el nexo causal entre la conducta del agente y el daño.
La responsabilidad fiscal sólo podrá ser declarada por los órganos de control fiscal una vez se adelante el correspondiente proceso de responsabilidad fiscal donde deberá probarse la existencia de una conducta dolosa o gravemente culposa, el daño ocasionado al patrimonio del
Estado, y el nexo causal entre la conducta del agente y el daño.