La Sala confirmó decisión que declaró la nulidad parcial de la Liquidación Oficial de noviembre de 2014, expedidos por el Subdirector de Determinación de Obligaciones de la UGPP, por omisión, mora e inexactitud en las autoliquidaciones y pago de los aportes al Sistema de la
Protección Social, por los períodos comprendidos entre enero a diciembre de los años 2011 y 2013 y la Resolución mediante la cual modificó la liquidación oficial, eliminando la conducta de omisión y la sanción por omisión de la empresa GIT MASIVO S.A.
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