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Consideraciones de la CGR en cuanto al principio de la anualidad presupuestal y reservas

Escrito por  May 10, 2023

En el artículo 8 de la Ley 819 de 2003, se dispone que la preparación y elaboración del presupuesto general de la Nación y el de las Entidades Territoriales, deberá sujetarse a los correspondientes Marcos Fiscales de Mediano Plazo de manera que las apropiaciones presupuéstales

aprobadas por el Congreso de la República, las Asambleas y los Concejos, puedan ejecutarse en su totalidad durante la vigencia fiscal correspondiente.

Al amparo del principio de anualidad, las reservas presupuéstales surgen también como un instrumento de planeación y control presupuestal, por lo tanto, la reserva presupuestal supone la existencia de un compromiso presupuestal legalmente adquirido.

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