interventorías, concesiones (en el caso de los departamentos). En consecuencia, el cuerpo de bomberos deberá rendir cuentas sobre los dineros que recibe por parte de la entidad territorial de conformidad con las normas que para tal efecto expida la Contraloría de ese orden territorial, aclarando que, el control fiscal no solo abarca las etapas de recaudo, gasto, inversión, disposición, conservación y enajenación de los bienes y recursos públicos, sino, además, la valoración del cumplimiento del objeto para el cual fueron destinados, “con el propósito de determinar si su gestión se hizo acorde con los principios y fines constitucionales asignados a cada entidad o autoridad.