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CGR absolvió consulta relacionada con la refrendación de reservas presupuéstales

Escrito por  May 09, 2023

La CGR indicó que “al amparo del principio de anualidad, las reservas presupuéstales  surgen también como un instrumento de planeación y control presupuestal, por lo tanto, la reserva presupuestal supone la existencia de un compromiso presupuestal legalmente adquirido. Las

reservas presupuéstales corresponden a los compromisos que al treinta y uno (31) de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos y desarrollen el objeto de la apropiación. Las reservas presupuéstales solo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen. Este concepto no aplica a las empresas industriales y comerciales del estado, a las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de aquellas, a las sociedades con participación estatal inferior al 90% y a los privados que administren recursos públicos”.

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