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CE explicó por qué los pronunciamientos jurisprudenciales contemplan excepciones al principio de inembargabilidad de los recursos públicos

Escrito por  Dic 15, 2022

“A partir de los pronunciamientos jurisprudenciales, se extrae que son excepciones al principio de inembargabilidad de los recursos públicos, los créditos u obligaciones: I) de origen laboral, con miras a efectivizar el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas; II) aquellos

contenidos en sentencias judiciales, para garantizar la seguridad jurídica y el respeto de los derechos reconocidos en dichas providencias; III) los que provienen de títulos emanados del Estado que contengan obligaciones claras, expresas y exigibles; y IV) los recursos de destinación específica como los provenientes del Sistema General de Participaciones, siempre y cuando las obligaciones reclamadas tengan como fuente alguna de las actividades a las cuales estaban destinados dichos recursos (educación, salud, agua potable y saneamiento básico)”.

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