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CE: aun cuando la ANLA, la ADR y CORTOLIMA no tienen a su cargo la ejecución del Proyecto del Triángulo del Tolima, resulta evidente su participación para unificar las licencias ambientales existentes y culminar el proyecto

Escrito por  Nov 30, 2022

La Sala considera que aun cuando estas entidades no tienen a su cargo la ejecución del Proyecto del Distrito de Riego del Triángulo del Tolima y no podría endilgárseles la vulneración de los derechos colectivos invocados en la demanda, resulta evidente su participación para el

mantenimiento y ejecución de las obras del proyecto. Sin embargo, no está demostrado que las obras no hayan podido ejecutarse por falta de licencia ambiental. Por el contrario, el proyecto de riego cuenta con las licencias correspondientes para su desarrollo. Ahora bien, sí resulta necesario que las entidades se pongan de acuerdo en la viabilidad de unificar las licencias existentes o su modificación para realizar las obras de mantenimiento de las Fases I y II y la culminación de la Fase III del proyecto, actividad que debe desarrollarse a instancias de la ADR, resultando para el efecto indispensable la presencia de Cortolima y la ANLA en el comité de verificación.

En relación con la omisión por la falta de cobro del recurso hídrico, la Sala constató que no es posible realizar cobros por esta causa porque la obra no está terminada y, por lo tanto, aún no es posible prestar el servicio a la comunidad; así lo afirmaron la ADR y la ANLA. Sin embargo, las entidades cuentan con la autonomía para revisar y evaluar técnicamente esta posibilidad a medida que avancen las obras o de realizar acuerdos con la comunidad para su cobro, siempre y cuando sea viable técnicamente y la autoridad ambiental lo autorice.

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