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El Comité Departamental de Cafeteros del Tolima debió hacerse parte dentro del proceso liquidatario ElecTolima ESP para elevar la reclamación contractual consistente en pago de acciones en contraprestación a redes de electrificación entregadas: CE

Escrito por  Sep 28, 2022

El Consejo de Estado negó demanda que buscaba declarar que Fedecafeteros, como parte del contrato existente con ElecTolima S.A. ESP, consistente en pago de acciones en contraprestación a redes de electrificación entregadas, dado que no fue terminado por el liquidador

luego de la toma de posesión de bienes de la empresa en liquidación.

Para la Sala,   “si era la intención del recurrente hacer valer su acreencia como bienes excluidos tal como lo expresa en los numerales 2 y 3 de los fundamentos de los recursos o como debió hacerlo solicitar el saldo registrado por futura suscripción de acciones, debió presentar su reclamación dentro del término estipulado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2211 de 2004. De igual forma, la cesión no es aplicable al caso concreto, ya que este derecho se refiere al derecho que tienen los titulares de las acreencias de ceder su crédito a un tercero, entendiendo como titular a aquel acreedor cuyo crédito fue admitido, calificado y graduado”.

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